La matanza ritual sin aturdimiento solo puede tener lugar en mataderos autorizados y la ley flamenca no limita la libertad religiosa, dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE.
La disputa entre el gobierno de la región flamenca y la organización musulmana en Bélgica ha sido organizada por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). La matanza ritual sin aturdimiento solo puede tener lugar en mataderos aprobados, decidieron los jueces, dictaminando que la ley no limita la libertad religiosa.
Sin embargo, EUCJ notó que la nueva regulación flamenca permite que el ritual de sacrificio halal se lleve a cabo en un matadero aprobado por la autoridad competente y en el que se cumplan los requisitos técnicos de construcción, disposición y equipamiento. Desde esta perspectiva, la queja sobre la limitación de la libertad religiosa fue rechazada.
Se señaló que la matanza ritual está sujeta a las mismas condiciones técnicas que se aplican a cada matanza de un animal en la Unión, independientemente del método utilizado.
El TJUE también enfatizó que la cuestión planteada en la demanda sobre la falta de “capacidad de sacrificio” en una de las regiones de un estado miembro, relacionada con el aumento de la demanda dentro de unos pocos días en relación con la Fiesta del Sacrificio, “resulta de una combinación de circunstancias internas que no pueden afectar el Reglamento de validez “.