Posición de las cuatro principales Escuelas Suníes sobre el consumo de animales.
Como hemos visto en varios textos publicados anteriormente, el consumo halal y especialmente, el consumo de carne halal es muy importante en la vida de un musulmán.
Así pues, cada musulmán debe conocer las especies que se consideran admisibles para el consumo y los que son haram (prohibidos).
Pero hay muchas diferencias en este sentido y en ocasiones es difícil de ubicarse.
Caracoles, ranas, mariscos, … son todas las especies para las que surge una pregunta con frecuencia: ¿es realmente halal?
El Corán da la mayor parte de las leyes dietéticas importantes a través de tres versiculos, entre ellos los siguientes:
Di [Oh Profeta]: “En todo lo que me ha sido revelado, no encuentro nada que esté prohibido como alimento, excepto el animal hallado muerto, la sangre derramada, la carne del cerdo –pues eso es, ciertamente, algo inmundo– o una ofrenda execrable que haya sido inmolada en nombre de algo distinto de Dios. Pero si alguien se viera obligado a ello –sin desearlo, ni excediendo su necesidad inmediata– entonces [sabe que], ciertamente, tu Sustentador es indulgente, dispensador de gracia.” [Corán, 6 / 145]
Sin embargo, la mayoría de los juristas, con la excepción de algunos estudiosos Maliki, creen que los demás están prohibidos. Se basan en un cierto número de historias autenticadas profética que prohíben el uso como burros, aves de rapiña, gatos, etc.
Una serie de tableros que resumen las opiniones de las cuatro escuelas jurídicas (reconocida como la referencia de las escuelas de jurisprudencia en el Islam sunní) de diferentes especies.
Estos tableros no son exhaustivos, pero incluye una amplia gama de especies, algunas de las cuales no se consumen en Chile o en otros países europeos. Tenemos referencias, ya que la gente que viajan a países afectados por la dieta de estas especies: