¿Por qué no se pueden ingresar algunos productos de origen animal y vegetal a Chile?

El no declarar los productos que usted trae a Chile y entregarlos para la evaluación del inspector/a SAG, podría significar que el producto que desea ingresar cause daño a la producción del país, provocando la necesidad de un plan de erradicación o control y con esto una gran perdida económica sumando a esto la disminución de la confianza de los mercados a los que Chile exporta.

El objetivo de la inspección al ingreso a Chile es prevenir la introducción de enfermedades exóticas*, plagas cuarentenarias** y especies invasoras*** de importancia económica según las prioridades de la política silvoagropecuaria del país.

DECLARE todos los productos de origen vegetal y animal, y si tiene alguna consulta realizarla con un/a Inspector/a SAG antes de entregar su Declaración Jurada, llame al 600 818 1724 o complete el formulario de contacto en la pagina www.sag.cl

Productos de ingreso regulado que deben ser declarados sin importar su cantidad, grado de industrialización o tiempo desde que se obtuvo.**** PELIGRO SANITARIO
Productos apícolas: miel, cera, polen, etc. Pueden portar enfermedades apícolas
como loque americana, nosemosis de las abejas, varroasis, etc.
Artesanías y/o productos decorativos con productos, subproductos o partes de origen animal y/o vegetal Pueden vehiculizar enfermedades.
Frutas y/o vegetales. Pueden introducir plagas como la  mosca de la fruta, gorgojo, etc.
Flores y/o plantas silvestres, de jardín o de tiendas comerciales.Vegetales y sus partes: semillas, bulbos rizomas, raíces, yemas, tubérculos, estacas, púas, etc. Pueden introducir plagas y enfermedades ya que son potenciales portadores de insectos, hongos, bacterias, virus y otros microorganismos nocivos.
Insectos, bacterias, hongos, virus y otros microorganismos para investigación u otros usos Constituir en sí plagas expansibles
Todo tipo de animales Pueden ser portadores de enfermedades como rabia, toxoplasmosis, psitacosis entre muchas otras.
Carnes de cualquier especie animal.Productos al vacío, embutidos, jamones, etc. Productos lácteos y/o sus derivados. Pueden vehiculizar enfermedades como fiebre aftosa, EEB (vaca loca), toxinfecciones alimentarias, etc.
Productos químicos y biológicos para uso en actividades agrícolas.Productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario.Productos para alimentación animal. Pueden propagar enfermedades transmisibles a los animales.

 

  • Enfermedades exóticas*, que no existen en el país
  • Plagas cuarentenarias**, plaga de importancia económica potencial para un país o área, la cual no está presente o estándolo no se encuentra ampliamente distribuida.
  • Especies innvasoras***,  animales, plantas u otros organismos transportados e introducidos por el ser humano en lugares fuera de su área de distribución natural y que han conseguido establecerse y dispersarse en otro lugar, donde resultan dañinos.
  • **** Estos productos deben presentar documentación exigida y/o ser autorizado por el/la inspector/a SAG, según corresponda, para su ingreso a Chile.

Fuente: SAG CHILE

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